ODS 15 K´iche´, Vida de Ecosistemas Terrestres
Esta producción en lengua K´iche´ le brinda información relevante sobre los Objetivos de desarrollo sostenible conocidos de forma abreviada como ODS, consisten en 17 objetivos interdependientes establecidos por las Naciones Unidas, cada uno de los objetivo tiene una propia lista de metas a alcanzar.
La Agenda 2030 recopila los 17 Objetivos de desarrollo sostenible y es de suma importancia que los pueblos Indígenas se involucren en todos los niveles. ¡Escuche, descargue y comparta!
Musicalización:
- Música de Introducción
K'iche Cuña 1
Por el Derecho al Consentimiento Libre, Previo e Informado, los gobiernos tienen que mantener a las comunidades indígenas informadas sobre cualquier proyecto que quieran desarrollar en sus tierras y escuchar sus opiniones antes de realizarlo.
K'iche Cuña 2
El Derecho al Consentimiento Libre, Previo e Informado corresponde a todas las personas indígenas.
K'iche Cuña 3
Las comunidades indígenas no deben dejar al gobierno seguir violando su derecho al Consentimiento Libre, Previo e Informado e destruyendo sus tierras.
K'iche Cuña 4
Es necesario que las comunidades indígenas eligen líderes que estén comprometidos con la lucha de los pueblos y no con los intereses del gobierno.
K'iche Cuña 5
El Artículo 10 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas afirma que no se puede desplazar a la fuerza a las comunidades indígenas de sus territorios.
K'iche Cuña 6
Los Estados deben obtener el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas antes de aplicar medidas legislativas o administrativas que los puedan afectar.
K'iche Cuña 7
Los gobiernos no pueden almacenar materiales peligrosos en las tierras de los pueblos indígenas sin su consentimiento libre, previo e informado.
K'iche Cuña 8
El Estado debe obtener el consentimiento libre, previo e informado antes de aprobar cualquier proyecto de desarrollo que afecte las tierras y recursos de los pueblos indígenas.
K'iche Cuña 9
La Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas junto con otros instrumentos internacionales reconocen el derecho al consentimiento libre, previo e informado como un derecho de los pueblos indígenas.
K'iche Cuña 10
Para los pueblos indígenas, el Consentimiento Libre, Previo e Informado es un derecho fundamental, inherente e inalienable.