¡No a la criminalización del liderazgo indígena! (K'iche') - Radio La Niña
Guatemala enfrenta una crisis institucional tras las elecciones de 2023, cuando se intentó desconocer la voluntad popular. Las autoridades ancestrales de los 48 Cantones de Totonicapán y las alcaldías indígenas defendieron la democracia mediante una movilización nacional. Hoy, estas autoridades comunitarias son criminalizadas con acusaciones falsas.
Esta campaña busca defender el bien común, denunciar la persecución y exigir libertad para las personas encarceladas injustamente.
Puedes escuchar, descargar y compartir este programa de forma gratuita.
Consignas del pueblo maya K’iche’ (K’iche’) – Radio La Niña
Esta campaña nace desde el pueblo maya K'iche' de Guatemala para defender el bien común, el territorio y las memorias colectivas de los pueblos, amparadas en sus propias formas de organización y en las leyes locales, reconocidas y respaldadas por convenios internacionales.
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Música de introducción:
- Burn Your Village to the Ground” de The Halluci Nation. Derechos de autor, propiedad de The Halluci Nation. Usada bajo su permiso.
K'iche Cuña 1
Por el Derecho al Consentimiento Libre, Previo e Informado, los gobiernos tienen que mantener a las comunidades indígenas informadas sobre cualquier proyecto que quieran desarrollar en sus tierras y escuchar sus opiniones antes de realizarlo.
K'iche Cuña 2
El Derecho al Consentimiento Libre, Previo e Informado corresponde a todas las personas indígenas.
K'iche Cuña 3
Las comunidades indígenas no deben dejar al gobierno seguir violando su derecho al Consentimiento Libre, Previo e Informado e destruyendo sus tierras.
K'iche Cuña 4
Es necesario que las comunidades indígenas eligen líderes que estén comprometidos con la lucha de los pueblos y no con los intereses del gobierno.
K'iche Cuña 5
El Artículo 10 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas afirma que no se puede desplazar a la fuerza a las comunidades indígenas de sus territorios.
K'iche Cuña 6
Los Estados deben obtener el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas antes de aplicar medidas legislativas o administrativas que los puedan afectar.