La Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas junto con otros instrumentos internacionales reconocen el derecho al consentimiento libre, previo e informado como un derecho de los pueblos indígenas.
El Estado debe obtener el consentimiento libre, previo e informado antes de aprobar cualquier proyecto de desarrollo que afecte las tierras y recursos de los pueblos indígenas.
Los Estados deben obtener el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas antes de aplicar medidas legislativas o administrativas que los puedan afectar.
El Artículo 10 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas afirma que no se puede desplazar a la fuerza a las comunidades indígenas de sus territorios.
Por el Derecho al Consentimiento Libre, Previo e Informado, los gobiernos tienen que mantener a las comunidades indígenas informadas sobre cualquier proyecto que quieran desarrollar en sus tierras y escuchar sus opiniones antes de realizarlo.