15. ¿De Qué Se Trata el Derecho al CLPI?
El derecho al consentimiento libre, previo e informado se encuentra estipulado en leyes nacionales e internacionales y se puede aplicar en la defensa de las tierras cuando se pretende realizar un proyecto que cause daños irreparables.
14. El Significado de "Informado"
Explica la importancia de tener toda la información sobre los impactos al medioambiente, a la comunidad y a los pobladores. Se debe dar en manera completa y en el idioma materno para asegurar comprensión total.
13. El Significado de "Previo"
Describe la importancia de atener la información adecuada de un proyecto previamente, para que los indígenas de la región en cuestión puedan tener un discurso apropiado sobre los cambios que se implicarían.
12. El Significado de "Libre"
El proceso de negociación entre el gobierno y los pueblos indígenas debe ser libre de amenazas, sobornos, o cualquier manipulación por parte del gobierno en las decisiones de los pobladores.
11. ¡Ya No Más Violación a la Humanidad!
El gobierno está obligado a cumplir con el derecho al Consentimiento Libre, Previo e Informado que corresponde a los pueblos indígenas.
10. Un Derecho Inalienable
Para los pueblos indígenas, el Consentimiento Libre, Previo e Informado es un derecho fundamental, inherente e inalienable.
09. Respaldo Internacional
La Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas junto con otros instrumentos internacionales reconocen el derecho al consentimiento libre, previo e informado como un derecho de los pueblos indígenas.
08. Proyectos de Desarrollo
El Estado debe obtener el consentimiento libre, previo e informado antes de aprobar cualquier proyecto de desarrollo que afecte las tierras y recursos de los pueblos indígenas.
07. Tierras Seguras
Los gobiernos no pueden almacenar materiales peligrosos en las tierras de los pueblos indígenas sin su consentimiento libre, previo e informado.
06. Artículo 19 de la Declaración de la ONU
Los Estados deben obtener el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas antes de aplicar medidas legislativas o administrativas que los puedan afectar.